Maternidad subrogada, cedida o vientre de alquiler

EL TEDH obliga a registrar a los niños nacidos en vientres de alquiler

La legislación española tendrá que adaptarse a esta Sentencia puesto que las decisiones del TEDH vinculan al Estado Español.

  Jorge A. Marfil

Marfil Abogados

 

La Sentencia de 6 de febrero de 2014 del Tribunal Supremo (Recurso Nº 245/2012) supuso un contratiempo grave para todos aquellos padres que inscribían a sus hijos -nacidos por subrogación- en base a la Instrucción de 5 de Octubre de 2.010 de la DGRN. A partir de ese momento se nos ha consultado sobre la situación en la que quedarían los nacidos desde la fecha de tal Resolución, dada la imposibilidad sobrevenida desde tan infausta Sentencia (recuérdese que de los nueve votos de Sala cuatro eran favorables a la admisión).

 

El revuelo provocado desde entonces ha sido mayúsculo. Los padres contratantes tienen hijos por nacer en los próximos meses, y hay que entender la zozobra creciente ante la posibilidad de no poder reconocer registralmente a sus hijos.

 

Por ello saludamos y recibimos calurosamente la Sentencia recaída en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 26 de Junio presente, AFFAIRE MENNESSON c. FRANCE, en cuyas 43 páginas se desgranan uno a uno los motivos por los que el Alto Tribunal condena a Francia a que reconozca a estos hijos nacidos a través de vientres de alquiler.

 

En el caso presente son dos mellizos nacidos en 2.000 y por los que sus padres vienen luchando desde entonces. Importante destacar que el Sr. Mennesson es padre biológico, al haber aportado su semen para la fecundación.

 

En los mismos términos se ha pronunciado en la demanda presentada por el Sr. Labasse (un hijo), manifestando en ambas que tales hijos:

 

“ … están en una situación de incertidumbre jurídica, y ello atenta contra su identidad en el seno de la Sociedad francesa … “

 

En ambos casos, y lo recalco para futuras acciones, el Estado Francés ha sido multado por daños morales, así como a abonar las costas judiciales, mostrando así el Tribunal Europeo una clara sensibilidad y un sentido justo del progreso en este ámbito del Derecho de Familia.

 

No puedo dejar de decir que en Francia existían más de 2000 niños en esta grave incertidumbre, que ahora verán resuelta su situación registral, su nacionalidad, su condición de seres libres.

 

De igual forma están los padres a los que la Sentencia del Tribunal Supremo ya citada afectó, puesto que los consulados españoles en el extranjero denegaron y siguen denegando la inscripción de esos bebés recién nacidos desde que se publicara esa lamentable Resolución.

 

Por fortuna, y puesto que las decisiones del TEDH vinculan al Estado Español, estamos expectantes respecto a las disposiciones que se dicten de inmediato, que garanticen los plenos derechos de nuestros conciudadanos a ser padres, y los de sus hijos a estar filiados adecuadamente. Estamos recibiendo llamadas de los grupos organizados, en España y en Estados Unidos, fundamentalmente, interesadísimos en seguir avanzando hasta la plena aceptación de estos hijos nacidos a través de la subrogación, paso previo ineludible a la aceptación de la reproducción asistida, con derogación expresa del art. 10 de la Ley 14 de 2006.

http://www.lexfamily.org/revista_portada.php?codigo=1306

Unas 800 parejas españolas contratan cada año vientres de alquiler en el extranjero

SOCIEDAD En España se reconoce la paternidad de quienes lo pagan

  • La maternidad subrogada está prohibida por la legislación española

  • Cuenta con cobertura jurídica en EEUU, Rusia, Ucrania, México, Georgia y Kazajistán

  • En España, sólo puede inscribirse al bebé como hijo del padre varón

  • La madre debe tramitar la adopción en España tras la renuncia de la de alquiler

  • Este proceso cuesta de 50.000 a 200.000 euros

    EFEBarcelonaActualizado: 01/05/2014 14:25 horas
     

Alrededor de 800 familias españolas contratan vientres de alquiler en países extranjeros cada año, ahora la mayoría de ellas en Ucrania, ya que la denominada maternidad subrogada está prohibida por la legislación española.

Este proceso, que cuesta de 50.000 a 200.000 euros, sólo cuenta con cobertura jurídica específica en Estados Unidos, Ucrania, Rusia, México, Georgia y Kazajistán, han explicado a Efe expertos de Subrogalia, la compañía de un bufete de abogados barcelonés que celebra hoy la primera conferencia sobre vientres de alquiler en la capital catalana.

En España, como en la mayoría de países del mundo, la maternidad subrogada no está permitida, pero hasta el pasado febrero -gracias a una circular aprobada en 2010- se admitían las sentencias judiciales de países donde estaba permitido -como Estados Unidos- y donde se reconocía la paternidad de los que pagaban el vientre.

Ahora, ha descrito Sánchez, sólo puede inscribirse al bebé como hijo del padre varón, que suele ser también el biológico, y la madre debe tramitar la adopción en España después de que la madre de alquiler haya renunciado al bebé.

Para contratar un vientre de alquiler, la pareja interesada se desplaza hasta el país que hayan seleccionado para que el hombre done su esperma y se realice una fecundación in vitro, ya sea con los óvulos de la madre contratante o con los de una donante, y luego regresan a España.

Sánchez ha recalcado que una madre de alquiler no es nunca donante de óvulos, es decir, no aporta su material genético al bebé, un factor que permite después "la desvinculación legal".

El principal destino, Ucrania

Durante todo el embarazo, la madre de alquiler vive en apartamentos que ofrece la misma clínica médica en la que se realiza la fecundación y, cuando nace el bebé, acude al consulado español para hacer la inscripción en el registro.

"Hace cuatro años, Estados Unidos era el primer destino y representaba un 80% de todas las parejas españolas", ha informado Sánchez, quien ha agregado que actualmente sólo supone un 15%.

Aunque el destino más frecuentado actualmente es Ucrania, donde hay clínicas que ofrecen un número ilimitado de implantaciones a precios cerrados, México está ganando protagonismo porque, a diferencia de Ucrania, esta práctica está permitida a homosexuales y solteros.

Según los expertos que participan en el encuentro, la contratación de madres de alquiler, en auge, debe parte de su éxito a las trabas burocráticas de la adopción, sobre todo internacional, que suele ser el último recurso después de haber intentado la fecundación in vitro y la adopción, aunque también cuenta el deseo de tener un hijo biológico.

"Si pudiéramos acudir a contratar vientres de alquiler en un país más cercano, pues iríamos", ha explicado el director de Subrogalia Diego Sánchez, quien ha recordado que en el Reino Unido, Grecia y Chipre está permitido, pero sólo para residentes y sin retribución a la madre de alquiler.

"En España tenemos un sistema de adopción muy garantista" con "más de 15.000 parejas en espera oficialmente inscritas en el registro para adoptar de 80 a 100 hijos al año", ha especificado Sánchez, que también ha puesto de relieve que la maternidad subrogada garantiza tener un bebé recién nacido.

Restricciones a homosexuales o solteros

Una de las principales dificultades a la hora seleccionar el país donde se quiere contratar el vientre es la restricción a personas homosexuales o solteros que, según afirma Sánchez, ha ido en aumento cada vez en más países, a pesar de que la mayoría de parejas que buscan estos servicios son matrimonios heterosexuales.

"En 2012 nacieron más de 500 bebés de familias españolas en la India", ha revelado Sánchez, pero en diciembre nuevas normativas limitaron el acceso a la maternidad subrogada en este país a parejas que no llevaran casadas más de dos años, que ahora deben presentar un certificado del Gobierno español en el que figure que en España se permite esta prácticas. http://www.elmundo.es/espana/2014/05/01/5362240a268e3e8d1b8b456f.html

La maternidad subrogada, una práctica necesaria para muchos españoles

LA IGLESIA SEÑALA QUE “LOS SERES HUMANOS NO SON RESES”

Cada día son más los colectivos ciudadanos que apoyan la legalización de la maternidad subrogada. Ante lo que ven como un atentado a sus derechos para tener hijos, han empezado a promover una iniciativa legislativa popular para que esta opción llegue al Congreso.

  Madrid  | Actualizado el 19/02/2013

Marta López estaba embarazada de 38 semanas cuando perdió a su hija debido una hemorragia que terminó con una histerectomía. Desde entonces su única opción es un vientre de alquiler, pero no tiene suficiente dinero.

Un grupo de familiares y otras parejas en su misma situación han comenzado a promover una iniciativa legislativa popular con el objetivo de legalizar la maternidad subrogada.

Para las parejas homosexuales también es una necesidad. En febrero de 2010 Antonio Vila-Coro, miembro de la Plataforma ‘Son Nuestros Hijos’, viajó a California para ver nacer a su hija, registrarla en España les llevó dos años. “La regularización de la gestación subrogada en España abriría esta técnica a mucha gente que no tiene la capacidad de gestar y que querría tener hijos pero que ahora económicamente no se lo puede permitir”, ya que para ello hacen falta unos 120.000 euros y viajar 10.000 Km.

Ante la posibilidad de legalizar esta práctica, la Iglesia ya se ha pronunciado. Juan Antonio Martínez Camino, secretario general de la Conferencia Episcopal, ha señalado que “producir seres humanos es injusto, porque los seres humano no son cosas que se producen ni reses que se reproducen”.

http://www.lasexta.com/noticias/sociedad/maternidad-subrogada-practica-necesaria-muchos-espanoles_2013021900294.html


Gestación Subrogada en España

o ¿Qué es la gestación subrogada? 
La gestación subrogada o gestación por sustitución es una forma de reproducción asistida en la que, además de los futuros padres, participa una mujer que gesta el embrión. Este embrión puede ser el resultado de una inseminación artificial o de una fecundación “in Vitro” y los gametos pueden proceder de uno de los progenitores y de una donación, de los dos progenitores, o de donaciones.

Esta técnica se produce cuando, mediando un acuerdo o contrato, una mujer, con plena capacidad de obrar, consiente libremente en llevar a cabo la gestación, con el compromiso irrevocable de entregar el nacido a los otros intervinientes que, a todos los efectos, serán los progenitores o padres.


o ¿Quién puede necesitar la gestación subrogada? 
Este método de reproducción es la solución para a aquellas personas que tienen problemas físicos o de salud que les impiden gestar, por ejemplo, para Antonio y Marta a quien, como podéis leer aquí, por una terrible complicación en su embarazo le tuvieron que extirpar el útero después de haber perdido a su niña cuando le faltaban dos semanas para dar a luz; para varones que no tienen pareja y sin embargo desean ser padres (lo habéis visto en la prensa: Miguel Bosé, Ricky Martin,…); para parejas de gays; etc. 


o ¿Vientre de alquiler? 
La gestación subrogada se conoce coloquialmente como “vientre de alquiler”, término poco acertado, sin duda. Primero, porque no necesariamente ha de haber contraprestación económica. Segundo, porque la mujer que gesta al futuro bebé aporta mucho más que su útero, se implica física y emocionalmente; en todas las leyes que regulan esta práctica se le exige que goce de buena salud y que tenga hábitos de vida saludables. Y tercero, porque los vientres no se alquilan como tampoco se alquilan las personas, eso es una barbaridad que no tiene nada que ver con que la mujer pueda ser compensada por el procedimiento médico al que se somete. Para poner un ejemplo: a lo largo de la vida de un bebé o de un niño es casi seguro que su madre/padre tendrá que delegar su cuidado en otra persona, algunos delegarán en un familiar o en un amigo (y éstos lo cuidarán gratis), otros lo harán en una persona que se dedique a cuidar bebés o niños y estas personas les cobrarán (como es lógico); de igual manera la persona subrogada puede recibir una contraprestación económica por los trastornos que le puedan ocasionar el embarazo, las múltiples revisiones y pruebas que hay que hacer durante el mismo, el parto, el puerperio, el tiempo que estará sin trabajar, etc. Otro ejemplo: los donantes de óvulos o esperma, por ejemplo, reciben una compensación económica por las molestias del tratamiento, donar semen se compensa con 40 € y óvulos con entre 600 € y 750 €. Por último: someterse como voluntario sano a un ensayo clínico es un riesgo y está compensado pero nadie dice que los voluntarios estén alquilando su cuerpo a las multinacionales farmacéuticas. 

o ¿Cuál es la situación en nuestro país? 
En nuestro país la gestación subrogada es alegal: El artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida establece que el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o tercero es nulo de pleno derecho. 
Sin embargo, la Instrucción de 5 de octubre de 2010 de la Dirección General de los Registros y el Notariado ha dejado sin contenido efectivo la prohibición de la gestación subrogada al contemplar la inscripción en el Registro Civil de niños frutos de esta técnica siempre que el procedimiento se haya llevado a cabo en un país en el que dicha técnica esté regulada, que uno de los padres sea español y que exista una resolución judicial que garantice, entre otros aspectos, los derechos de la mujer gestante. En la anotación que se haga en nuestros registros no figurará el nombre de esta mujer. 

Esto crea una importante discriminación entre aquellos españoles que se pueden costear el tratamiento fuera de nuestras fronteras y los que no pueden hacerlo 

http://xn--gestacionsubrogadaenespaa-woc.es/1.html

El negocio del vientre de alquiler

La gestación subrogada es un lujo que muy pocos padres y madres pueden permitirse. Y no sólo por problemas legales; también por impedimentos económicos. La cuestión vuelve a estar sobre la mesa después de las declaraciones de Miguel Bosé a la revista «Shangay». Ya era de sobra conocido que el popular cantante había recurrido a los llamados «vientres de alquiler» para tener a sus hijos Diego y Tadeo. Sin embargo, Bosé dejó boquiabiertos a todos al confesar a la publicación que cuida de dos hijos más, los mellizos Ivo y Telmo, fruto de esta técnica. Al parecer, el artista pudo desembolsar en torno a 200.000 euros para ser padre por segunda vez.

¿Existe una demanda en España al respecto? Lo cierto es que cada vez surgen más movimientos ciudadanos en nuestro país que solicitan la legalidad de esta técnica. Es el caso de Gestación Subrogada, grupo promotor de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) ante la mesa del Congreso que buscará recabar 500.000 adhesiones. Como explica su portavoz, Aurora González, el principal escollo se encuentra en la Ley de Reproducción Asistida de 2006. Concretamente en su artículo 10, que buscan que sea derogado: «Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero», afirma la legislación. Muchos podrían aducir que la adopción es una opción más segura. Sin embargo, lo cierto es que se trata de «procesos muy largos, que pueden tardar hasta siete años –y por tanto los padres pueden cambiar de opinión– y en los que las madres pueden no haber pasado los controles prenatales necesarios», asegura González. La propuesta incide en que la gestante debe inscribirse en un registro nacional de gestación por subrogación, recibiendo una compensación en caso de llevar adelante el embarazo.

«Por el momento, no nos hemos planteado modificar la actual normativa», explica el doctor José Manuel Bajo Arenas, ginecólogo que forma parte de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, que subraya que nuestro actual marco legislativo «no lo permite por los problemas que puede generar en relación a la paternidad del nacido, a pesar de que nuestra ley es bastante amplia a la hora de regular la reproducción asistida».

Bajo Arenas explica que la demanda ha aumentado especialmente por las peticiones llegadas por las parejas homosexuales e insiste en que esta cuestión «es más un tema social que un tema médico, pues la medicina ya ha demostrado que se puede llevar a cabo».

 

Sentencias homologadas

Aparte de las parejas homosexuales, las mujeres sin útero, las parejas que se han sometido sin éxito a técnicas de fecundación y los hombres solteros suponen los principales perfiles que recurren a la gestación subrogada. Eso sí, fuera de España. Y es que, lo que es ilegal aquí puede no serlo más allá de nuestras fronteras, como se ha visto en el caso de Bosé. De hecho, los padres y madres que tomen esta decisión tienen a su favor la Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre «régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución». De esta forma, y siempre que medie una sentencia judicial en el país de la madre gestante que garantice su seguridad y la del bebé –así como que la madre esté informada y ha accedido de forma voluntaria–, es posible inscribir al pequeño en el Registro Civil.

No existen estadísticas oficiales al respecto, pero algunas estimaciones hablan de en torno a 500 parejas al año. Eso sí, el desembolso para estos padres es importante. En el menor de los casos, hablamos de 100.000 euros. Así sucede al menos en el estado de California (EE UU). Como explica González, existe suficiente jurisprudencia al respecto como para aportar garantías. Allí es legal desde hace cuatro décadas. De hecho, el pasado mes de abril, nuestro Registro Civil inscribió a dos gemelos nacidos en Los Ángeles y que actualmente viven en Madrid con su madre española, tras homologar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de California.

El otro destino principal es India. En ocasiones se ha apuntado al negocio establecido en el país asiático en torno a los vientres de alquiler –unos 350 millones de euros al año–. Con todo, el precio a desembolsar es más económico: en torno a 40.000 euros. Eso sí, pueden surgir más complicaciones legales. Hace ahora un año, dos padres, Elsa Saint y Juan Antonio González, quedaron «atrapados» en el país junto a su hija recién nacida debido a un error en el registro.

«Somos optimistas. Mucha gente en España lo necesita», afirma la portavoz que promueve la ILP, que aclara que la expresión «vientre de alquiler» no se corresponde con la realidad: «Es una forma despectiva de referirse a la gestación subrogada. No se trata de un negocio».

http://www.larazon.es/detalle_normal/noticias/2844717/sociedad/el-negocio-del-vientre-de-alquiler#.UdBTk_nWMex